Ley de cookies y RGPD: cómo cumplir de verdad en 2026
Tener un aviso de cookies no significa cumplir la ley. Esta guía explica, sin tecnicismos, qué exige el RGPD, qué cookies necesitan consentimiento, cómo debe ser un banner conforme y qué errores te pueden costar una multa.
¿Qué exige la ley de cookies?
En la UE se combinan el RGPD y la Directiva ePrivacy (en España, la LSSI). En la práctica: antes de instalar cookies no esenciales necesitas un consentimiento previo, libre, informado, específico e inequívoco. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) exige además que rechazar sea tan fácil como aceptar y que no se carguen scripts hasta que el usuario decida.
Qué cookies necesitan consentimiento (y cuáles no)
Requieren consentimiento previo
- Analítica (Google Analytics, etc.).
- Publicidad y remarketing (Google Ads, Meta Pixel, TikTok…).
- Personalización y botones de redes sociales.
- Mapas de calor y grabación de sesión.
Exentas (no requieren consentimiento)
- Sesión e inicio de sesión.
- Carrito de la compra.
- Preferencia de idioma o región.
- Seguridad y balanceo de carga.
- La propia preferencia de consentimiento.
Cómo debe ser un banner que cumple
Un banner conforme al RGPD debe, como mínimo:
- Pedir el consentimiento ANTES de cargar cualquier cookie no esencial (bloqueo previo real).
- Ofrecer «Aceptar» y «Rechazar» con la misma facilidad y al mismo nivel.
- Permitir elegir por categorías (analítica, marketing, preferencias).
- No usar casillas premarcadas ni consentimiento por scroll.
- Guardar prueba del consentimiento: quién, cuándo y qué aceptó.
- Permitir retirar el consentimiento tan fácil como darlo.
- Enlazar a una política de cookies clara.
Errores que invalidan el consentimiento
- Mostrar el aviso pero cargar Analytics igualmente (lo más común).
- Solo botón «Aceptar», o «Rechazar» escondido en un submenú.
- Casillas marcadas por defecto.
- Muros de cookies que obligan a aceptar para ver la web.
- No conservar ninguna prueba del consentimiento.
Multas: lo que te puede costar
El RGPD permite sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual global. En España, la AEPD ya ha multado por banners que no permitían rechazar o que cargaban cookies antes del consentimiento. Para una pyme el riesgo real son sanciones de miles de euros, además del daño a la confianza de tus usuarios.
Cómo cumplir en 5 pasos
- Haz inventario de tus cookies y scripts (analítica, pixels, embeds).
- Instala un banner que bloquee de verdad los scripts antes del consentimiento.
- Configura las categorías y Google Consent Mode v2.
- Publica una política de cookies clara y enlázala desde el banner.
- Guarda el registro de consentimientos como prueba.
Con Consentio cubres los 5 pasos con un snippet de menos de 8 KB: bloqueo real, Consent Mode v2, registro de consentimiento y política.
¿Quieres entender Consent Mode v2 a fondo? Lee nuestra guía dedicada.
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Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento legal.